Seguros patrimoniales para empresas

Seguros patrimoniales empresas

Protección y resarcimiento económico para tu patrimonio empresarial

Los seguros patrimoniales para empresas son un pilar esencial de la gestión del riesgo corporativo: protegen los activos, la actividad y la responsabilidad de la organización frente a eventos que puedan generar pérdidas económicas.


Los seguros patrimoniales empresariales engloban todas aquellas pólizas diseñadas para proteger el patrimonio, la infraestructura, la actividad operativa y la responsabilidad legal de una compañía ante daños, siniestros o reclamaciones de terceros.


A diferencia de los seguros particulares, estos productos se adaptan a la naturaleza del negocio, su tamaño, su actividad y su exposición al riesgo.

Principales tipos de seguros patrimoniales para empresas

Los seguros patrimoniales empresariales buscan garantizar la continuidad del negocio,
proteger sus activos y minimizar el impacto económico de cualquier siniestro. Son una
herramienta estratégica, no solo financiera.

Protege los bienes materiales de la empresa y su actividad. Suele incluir:

  • Daños materiales: incendio, explosión, robo, fenómenos atmosféricos, daños eléctricos, rotura de maquinaria.
  • Pérdida de beneficios: indemniza la pérdida de ingresos cuando un siniestro paraliza la actividad.
  • Responsabilidad civil: daños a terceros derivados de la actividad empresarial.
  • Asistencia y servicios adicionales: reparaciones urgentes, protección jurídica, etc.

Es el equivalente empresarial del multirriesgo hogar, pero adaptado a fábricas, oficinas, comercios, almacenes y otras instalaciones.

Cubre las indemnizaciones por daños personales o materiales causados a terceros en el ejercicio de la actividad. Puede incluir:

  • RC de explotación: daños causados durante la actividad habitual.
  • RC patronal: reclamaciones de empleados por accidentes laborales.
  • RC productos: daños causados por productos fabricados o distribuidos.
  • RC profesional: errores u omisiones en servicios profesionales (muy común en consultoras, ingenierías, despachos, etc.).

Protege maquinaria, equipos industriales, herramientas y tecnología frente a:

  • Averías internas.
  • Fallos eléctricos.
  • Roturas accidentales.
  • Daños por uso o desgaste no cubiertos por multirriesgo.

Indemniza daños o pérdidas sufridas por mercancías durante su transporte:

  • Terrestre, marítimo o aéreo.
  • Propio o contratado.
  • Nacional o internacional.

Es esencial para empresas con logística activa o comercio exterior.

Cada vez más crítico. Protege frente a:

  • Ataques informáticos.
  • Robo o pérdida de datos.
  • Secuestro digital (ransomware).
  • Interrupción de la actividad por incidentes tecnológicos.
  • Responsabilidad por filtración de datos de terceros.

Cubre el riesgo de impago de clientes. Muy útil para empresas con ventas a crédito o grandes carteras de clientes.

Protege equipos informáticos, servidores, sistemas de comunicación y tecnología avanzada.

Seguros patrimoniales empresas

Seguro de Convenio

Los seguros de convenio colectivo son pólizas que las empresas deben contratar obligatoriamente para cumplir con las exigencias establecidas en los convenios colectivos sectoriales o provinciales.

Su finalidad es proteger a los trabajadores frente a determinadas contingencias, principalmente relacionadas con accidentes laborales, fallecimiento e incapacidad, garantizando que reciban las indemnizaciones fijadas por el convenio.

Son seguros de carácter normativo, no voluntario: la empresa está obligada a mantenerlos vigentes mientras tenga empleados sujetos a ese convenio.

El seguro de convenio es una herramienta obligatoria y esencial para garantizar la protección del trabajador y el cumplimiento legal de la empresa. No es un seguro voluntario ni comercial: es un seguro regulado, con capitales y coberturas definidos por el convenio colectivo.

El objetivo principal es asegurar que, ante un accidente laboral o una situación de incapacidad o fallecimiento, el trabajador o sus beneficiarios reciban la indemnización económica estipulada en el convenio colectivo correspondiente. Este seguro:

  • Protege al trabajador y a su familia.
  • Protege a la empresa frente a reclamaciones por incumplimiento del convenio.
  • Garantiza el cumplimiento legal y evita sanciones administrativas.

Aunque cada convenio establece sus propias garantías y capitales asegurados, las coberturas más comunes son:

  • Fallecimiento por accidente laboral. Indemnización a los beneficiarios del trabajador en caso de fallecimiento derivado de un accidente en el trabajo.
  • Incapacidad Permanente Total. Indemnización cuando el trabajador queda incapacitado para su profesión habitual.
  • Incapacidad Permanente Absoluta. Indemnización cuando el trabajador queda incapacitado para cualquier actividad laboral.
  • Gran Invalidez. Cobertura para situaciones en las que el trabajador necesita asistencia de terceros para actividades básicas.
  • Fallecimiento por cualquier causa. Algunos convenios incluyen esta garantía, ampliando la protección más allá del accidenten laboral.
  • Accidentes no laborales. En ciertos sectores se exige cobertura también para accidentes extraprofesionales.

Los capitales no los decide la aseguradora ni la empresa: los fija el convenio colectivo. Pueden variar enormemente según:

  • Sector (metal, construcción, limpieza, comercio...)
  • Provincia.
  • Categoría profesional.

 

Ejemplo típico (solo ilustrativo):

  • Fallecimiento por accidente laboral: 30.000 €
  • Incapacidad permanente absoluta: 40.000 €
  • Gran invalidez: 50.000 €

La empresa debe:

  • Contratar el seguro con los capitales y coberturas exigidos.
  • Mantenerlo vigente durante toda la relación laboral.
  • Actualizarlo si el convenio se modifica.
  • Incluir a todos los trabajadores afectados por el convenio.

 

El incumplimiento puede generar:

  • Reclamaciones judiciales.
  • Responsabilidad directa de la empresa por el pago de las indemnizaciones.
  • Sanciones administrativas.

Desde el punto de vista técnico:

  • Se trata de seguros de vida riesgo con coberturas específicas.
  • La prima suele calcularse por trabajador y año.
  • La aseguradora emite un certificado de cobertura para acreditar el cumplimiento ante inspecciones laborales.
  • La empresa debe comunicar altas y bajas de trabajadores o la media de empleados, mes a mes a su renovación del año anterior, procediendo a su regularización. La póliza indicará el sistema a emplear según corresponda.

Los seguros de convenio son especialmente frecuentes en:

  • Construcción (muy regulado y con capitales elevados).
  • Metal.
  • Limpieza.
  • Comercio.
  • Transporte.
  • Hostelería.
  • Seguridad privada.

 

Cada uno tiene su propio convenio y, por tanto, sus propias exigencias.

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